👉¿Qué obligaciones tienen los clubes de campo y barrios cerrados según la Resolución 137/2013 de la Provincia de Buenos Aires?
La Resolución 137/2013 obliga a los clubes de campo y barrios cerrados del AMBA a implementar un Plan de Gestión de Residuos Sólidos Urbanos, realizar separación en origen, gestionar los materiales reciclables mediante operadores habilitados y reducir los residuos enviados a disposición final. La norma desarrolla los principios de la Ley Provincial 13.592 y fue complementada por las Resoluciones 44/2021 y 190/2024.
Resolución OPDS N.º 137/2013: Gestión de Residuos en Clubes de Campo y Barrios Cerrados
Un paso hacia una gestión más sustentable de los residuos
La Resolución N.º 137/2013 del entonces Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible (OPDS) estableció un régimen específico para la gestión de los residuos sólidos urbanos generados en Clubes de Campo y Barrios Cerrados del Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA).
Su principal objetivo es promover una gestión diferenciada de los residuos, priorizando la separación en origen, el reciclado y la valorización, reduciendo la cantidad de residuos enviados a disposición final y fomentando la economía circular.
¿Por qué se dictó esta resolución?
La norma se basa en diversos principios establecidos por la legislación ambiental nacional y provincial:
- La Ley Nacional Nº 25.916 de Gestión Integral de Residuos Domiciliarios.
- La Ley Provincial Nº 13.592 de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos.
- El principio de Responsabilidad del Causante, por el cual quien genera un residuo debe asegurar su correcta gestión.
- La necesidad de disminuir los volúmenes destinados a relleno sanitario y aumentar la recuperación de materiales reciclables.
Asimismo, la resolución recuerda que los clubes de campo deben contar con sistemas adecuados de eliminación de residuos conforme lo exige el Decreto Ley 8912/77 sobre ordenamiento territorial.
¿Quiénes están alcanzados?
La Resolución 137/13 resulta aplicable a:
- Clubes de Campo.
- Barrios Cerrados.
- Urbanizaciones privadas comprendidas dentro del Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA).
Estos emprendimientos son considerados grandes generadores de residuos sólidos urbanos, por lo que deben implementar una gestión diferenciada respecto del sistema tradicional de recolección municipal.
Obligaciones principales
Entre las obligaciones más relevantes se encuentran:
1. Elaborar un Plan de Gestión de Residuos
Cada emprendimiento debe presentar un plan donde describa cómo gestionará sus residuos sólidos urbanos, incluyendo:
- generación de residuos;
- separación en origen;
- almacenamiento;
- recolección diferenciada;
- transporte;
- tratamiento;
- valorización y disposición final.
2. Separación en origen
Los residuos reciclables deben separarse desde el lugar donde se generan, evitando su mezcla con los residuos destinados a disposición final.
3. Gestión de los reciclables
La fracción reciclable debe enviarse a operadores o plantas habilitadas para su recuperación y valorización, reduciendo la cantidad de residuos enviados a relleno sanitario.
4. Registro y documentación
Los administradores deben conservar documentación que permita demostrar el cumplimiento del Plan de Gestión y el destino otorgado a los residuos recuperables.
Relación con la Ley 13.592La Resolución 137/13 no crea un régimen independiente, sino que desarrolla los objetivos establecidos por la Ley Provincial 13.592, cuyos principios fundamentales incluyen:
- considerar los residuos como un recurso;
- minimizar su generación;
- promover la valorización y el reciclaje;
- incorporar la separación en origen;
- establecer la responsabilidad del generador sobre el destino de sus residuos.
Actualizaciones posteriores
Aunque la Resolución 137/13 continúa vigente, parte de su esquema fue complementado por normas posteriores.
En particular, la Resolución 190/2024 amplió el régimen aplicable a los Clubes de Campo y Barrios Cerrados, reforzando la obligación de implementar una gestión diferenciada de los residuos reciclables y articulando dicha gestión con el Registro de Tecnologías de Destinos Sustentables, creado por la Resolución 44/2021.
Esto significa que actualmente los materiales reciclables deben canalizarse, siempre que sea posible, hacia Destinos Sustentables habilitados, fortaleciendo la trazabilidad y la valorización de los residuos.
¿Qué beneficios genera su cumplimiento?
Una adecuada implementación permite:
- reducir significativamente el volumen enviado a disposición final;
- aumentar las tasas de reciclado;
- disminuir costos ambientales;
- facilitar auditorías y controles;
- mejorar el desempeño ambiental del barrio o club de campo;
- demostrar cumplimiento de la normativa provincial vigente.
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Conclusión:
La Resolución 137/2013 marcó el inicio de un modelo de gestión diferenciada para los grandes generadores de residuos urbanos en urbanizaciones privadas de la Provincia de Buenos Aires.
Hoy continúa siendo una norma de referencia, complementada por la Resolución 44/2021 sobre Destinos Sustentables y por la Resolución 190/2024, consolidando un sistema que prioriza la separación en origen, la valorización de materiales reciclables y la responsabilidad del generador como pilares de una gestión ambiental moderna.
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🔗 Fuentes: